jueves, 3 de mayo de 2012

Santa Fe: Ley para defender las Bibliotecas Populares



La diputada provincial Miriam Cinalli (Bloque Federal) presentó un Proyecto de Ley por el que se declaran “inembargables la totalidad de los bienes muebles e inmuebles de las Bibliotecas Populares de la provincia de Santa Fe”.


Cinalli fue acompañada en el ingreso de la iniciativa por los diputados Eduardo Toniolli (FPV) y Verónica Benas (FPCS) y en el articulado de la ley expresa que los “Magistrados dispondrán de oficio o a pedido de parte y sin sustanciación, el inmediato levantamiento de toda medida de embargo que se haya dispuesto respecto de bienes de bibliotecas populares” y que “las Bibliotecas Populares, que estén reconocidas por la Comisión Nacional de Biblioteca Populares (CONABIP) y por la Comisión Provincial Protectora de Bibliotecas Populares (COBIPSA), podrán constituir como inembargable un único bien inmueble, urbano, suburbano o rural, que esté afectado a su funcionamiento”.

El texto del Proyecto de Ley señala que “las Bibliotecas Populares a través de su representante legal o su órgano ejecutivo, deberán solicitar ante el Ministerio de Innovación y Culturas, la inscripción del inmueble, debiendo reunir los siguientes requisitos:

a) Copia autenticada del título de Propiedad del inmueble cuya afectación se solicite.
b) Copia autenticada del Decreto o Resolución de otorgamiento de Personería Jurídica y Gremial.
c) Copia autenticada del Acta constitutiva de la actual Comisión Directiva.
d) Constancia de vigencia de la Personería Jurídica.
e) Acta de la Asamblea Extraordinaria, por el cual los asociados declaren como sede al inmueble y decidan tramitar la inembargabilidad del mismo.
f) Constancia de inscripción en el S.I.P.A.F.
g) Constancia de reconocimiento de CONABIP.
h) Constancia de reconocimiento de COBIPSA.

Realizada la presentación, el Ministerio de Innovación y Cultura deberá, dentro del plazo de noventa (90) días hábiles, declarar o no al inmueble inembargable justificando en todos los casos su dictamen. La resolución emanada deberá contener el nombre de la Biblioteca Popular, fecha de otorgamiento y número de Personería Jurídica”.
La iniciativa ingresada por Cinalli destaca que “las Bibliotecas Populares no podrán constituir más de un inmueble como inembargable. Aquellas que sean propietarias de más de un inmueble, sólo podrán afectar a aquel declarado como sede de la misma” y que “los trámites y actos vinculados con la constitución de un bien de utilidad social serán de carácter gratuito. La autoridad de aplicación deberá prestar a los interesados el asesoramiento y colaboración necesarios a fin de la constitución y posterior inscripción del bien de utilidad social”.

También se prevé que “se procederá a la cancelación de la inembargabilidad, cuando se configure alguna de las siguientes causas:
a) A instancia del órgano ejecutivo de la asociación civil, previa conformidad de la mayoría absoluta de los asociados con derecho a voto expresado en Asamblea extraordinaria.
b) A instancia de cualquier de los asociados cuando hubieren transcurridos noventa (90) días desde que la Asamblea Extraordinaria se haya expedido y el órgano ejecutivo no hubiese procedido al inicio del trámite respectivo.
c) Por extinción o pérdida de la Personería Jurídica de la Biblioteca Popular.


FUNDAMENTOS
La diputada provincial Miriam Cinalli dice que “los fundamentos y el proyecto fueron presentados por Bibliotecas Populares de la provincia de Santa Fe, junto a los antecedentes de Leyes similares sancionada en otras provincias, tales como Santa Cruz, Entre Ríos, entre otras. Nos hacemos eco y transcribimos sus argumentos para impulsar dicha ley”.

“Las Bibliotecas Populares son instituciones creadas por iniciativa del pueblo, abiertas a todos por igual, y aseguran la igualdad de oportunidades y el pluralismo ideológico. Estas instituciones tienen como misión canalizar los esfuerzos sociales tendientes a garantizar el ejercicio del derecho a la información, el acceso a la cultura y a la educación permanente del pueblo, fomentar la lectura y demás técnicas aptas para la investigación, la consulta y la recreación. En muchos casos, a lo largo de nuestra provincia, los edificios en los cuales funcionan estas instituciones fueron construidos, también, gracias al esfuerzo de sus asociados y del pueblo y, por su carácter de popular, los inmuebles también pertenecen a éstos últimos” indica la legisladora.

El objetivo de este proyecto de ley es que se declare la inembargabilidad de los bienes inmuebles y muebles de las Bibliotecas Populares santafesinas para proteger y garantizar su funcionamiento a lo largo del tiempo. Actualmente, los edificios de estas instituciones se encuentran desprotegidos contra cualquier recurso judicial que puede suscitarse en su contra funcionamiento cotidiano, lo que puede derivar en la extinción de una institución que es considerada uno de los pilares de la educación y que contribuyen a la generación de conocimiento” afirma la diputada representante del departamento Caseros.

“Por otra parte, los bienes muebles como los libros, que son la materia prima del funcionamiento de las bibliotecas, deben ser protegidos por el Estado de modo que, bajo ningún punto de vista, puedan llegar a caer estos en manos de privados, asegurando así que queden permanentemente a disposición del pueblo. Tal como los manifestó el astrónomo, astrofísico, cosmólogo, escritor y divulgador científico estadounidense Carl Sagan, la creación de las bibliotecas es una característica excluyente del ser humano, ya que “somos la única especie del planeta que ha inventado una memoria comunal que no está almacenada ni en nuestros genes ni en nuestros cerebro” finaliza Miriam Cinalli.


Fuente: 







No hay comentarios:

Publicar un comentario